14 de junio de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de Turismo, y se convocan las mismas para el ejercicio 2011 en la línea de fomento de servicios turísticos y creación de nuevos productos, para PYMES y microempresas.
Conceptos subvencionables
Los conceptos subvencionables son los siguientes:
1. Establecimientos de alojamiento turístico.
a) Establecimientos hoteleros: a.1. Mejora y modernización dirigidas a la implantación de tecnologías y sistemas de organización relativos a la mejora de los sistemas de gestión, especialmente los destinados a transacciones de comercio electrónico, así como aquellas actuaciones dirigidas a la integración en la Comunidad Turística Virtual. a.2.
Adaptación del sistema informático de gestión a fin de que este genere automáticamente los cuestionarios de la Estadística Oficial, Encuesta de Ocupación en Alojamientos Turísticos, en formato de fichero XML.
a.3. Mejora y modernización, priorizándose las necesarias para la obtención de categoría superior a tres estrellas y las dirigidas a incrementar la información, la accesibilidad y reserva de espacios para discapacitados. a.4. La creación de instalaciones que contribuyan a diversificar y cualificar la oferta de servicios complementarios y de ocio. b) Campamentos de turismo: Mejora y modernización de las instalaciones fijas de uso colectivo, accesos, viales, aparcamientos, cerramientos, sistemas de seguridad, instalación eléctrica, agua potable, servicios higiénicos y tratamiento y eliminación de residuos sólidos y aguas residuales, que se concreten en alguna de las siguientes actuaciones: b.1. Las dirigidas a incrementar la categoría del establecimiento. b.2. Las dirigidas a incrementar la accesibilidad y reserva de espacios para discapacitados así como los accesos en general. b.3. Mejora y modernización dirigidas a la implantación de tecnologías y sistemas de organización relativos a la mejora de los sistemas de gestión, especialmente los destinados a transacciones de comercio electrónico, así como aquellas actuaciones dirigidas a la integración en la Comunidad Turística Virtual. b.4. Adaptación del sistema informático de gestión a fin de que este genere automáticamente los cuestionarios de la Estadística Oficial, Encuesta de Ocupación en Alojamientos Turísticos, en formato de fichero XML.
b.5. Establecimiento y mejora de la señalización interior. b.6.
Recuperación y tratamiento paisajístico, adecuando las instalaciones al entorno.
2. Alojamiento turístico en el medio rural y viviendas turísticas de alojamiento rural.
Las actuaciones que se concreten en: a) Creación, ampliación, mejora y modernización de casas rurales, establecimientos hoteleros rurales, complejos turísticos rurales y edificios/complejos de apartamentos turísticos rurales, en los supuestos siguientes: a.1. El acondicionamiento de conjuntos arquitectónicos singulares para su aprovechamiento turístico y la reforma y acondicionamiento de edificaciones tradicionales para su integración en la oferta reglada.
a.2. Las dirigidas a la implantación de tecnologías y sistemas de organización relativos a la mejora de los sistemas de gestión, especialmente los destinados a transacciones de comercio electrónico, así como aquellas actuaciones dirigidas a la integración en la Comunidad Turística Virtual. a.3. Adaptación del sistema informático de gestión a fin de que éste genere automáticamente los cuestionarios de la Estadística Oficial, Encuesta de Ocupación en Alojamientos Turísticos, en formato de fichero XML. a.4. Las dirigidas a incrementar la categoría del establecimiento. a.5. Las dirigidas a incrementar la accesibilidad y reserva de espacios para discapacitados así como los accesos en general. a.6. La creación de instalaciones que contribuyan a diversificar y cualificar la oferta de servicios complementarios y de ocio. a.7. Creación de establecimientos hoteleros rurales de categoría cuatro estrellas o superior, siempre que no haya en el municipio otro hotel de esa categoría inscrito en el Registro de Turismo. b) Viviendas turísticas de alojamiento rural: Reformas para su transformación en establecimiento de alojamiento turístico rural.
3. Establecimientos relacionados con actividades saludables vinculadas con el bienestar de las personas, el turismo cultural y con la industria del ocio y el entretenimiento que puedan tener una incidencia significativa en la atracción de turistas:
Creación, mejora y modernización de estos establecimientos.
4. Establecimientos de restauración con gastronomía típica andaluza, en zonas destacadas por su incidencia turística o aquellas zonas emergentes desde el punto de vista turístico.
a) Creación, mejora y modernización, incluyendo la derivada de la implantación de sistemas de gestión, autocontrol y modernización tecnológica. b) Mejora de la accesibilidad. 5. Agencias de viaje.