A VUELTAS CON LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO Y LOS GRUPOS DE DESARROLLO RURAL: FORMACIÓN EN CONTRATACIÓN PÚBLICA PARA MEJORA DE LAS CAPACIDADES DE LOS GRUPOS DEL TERRITORIO NACIONAL

Una vez más se analiza la Ley de Contratos del Sector Público y su aplicación específica en los Grupos de Acción Local (denominados en Andalucía como Grupos de Desarrollo Rural).

En esta ocasión ha sido la Red Rural Nacional (RRN), entidad dependiente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la que ha organizado una acción formativa en torno a esta materia, mediante la participación de expertos de diversos ámbitos profesionales.

Este curso de formación tuvo lugar durante los días 21 a 24 de octubre en Biar (Alicante), con la asistencia de Grupos procedentes de distintas Comunidades Autónomas, entre los que se encontraba el GDR Subbética, permitiendo compartir la problemática común relativa a la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, las posibles maneras de aplicar los procedimientos previstos y su régimen y ámbito de aplicación concreto.

El primer día se contó con la presencia del Responsable Administrativo y Financiero (R.A.F.) del GAL “Entreparques”, en la provincia de Ciudad Real, a su vez secretario-interventor de varios ayuntamientos, D. Carlos Cardosa, quien realizó una detallada exposición, entre otros, acerca de los ámbitos objetivo y subjetivo de la Ley y el encuadramiento de nuestras entidades como Poderes Adjudicadores no Administración Públicas, “PANAP”, analizando las obligaciones relativas a su aplicación, recogidas esencialmente en el título I del libro III de Ley, quedando sin efecto la aplicación de las instrucciones de contratación, que en la mayoría de grupos se elaboraron en base a la anterior legislación.

Durante la tarde, se mantuvo un amplio debate en torno a los contratos que mayormente se dan en los grupos respecto a sus cuantías, inferiores a 15.000 € en servicios o suministros, y que hemos venido a definir como “contratos de adjudicación directa”. Según establece el literal del artículo 318.a) de la ley, su tramitación y adjudicación se simplifica significativamente. Se puso de manifiesto no obstante, que también existe una corriente interpretativa establecida por la Abogacía General del Estado en un informe anterior, en el sentido de que deben considerarse como “contratos menores” debido a la coincidencia de las cuantías establecidas. Se concluyó que, a falta de una modificación del texto legal o una sentencia del Tribunal Supremo, parece sostenerse desde un punto de vista jurídico la primera de las tesis expuestas.

Para la segunda sesión, la abogada del Estado dentro de la Subsecretaría del Ministerio de Fomento, Dña. Irene Bonet, planteó con todo detalle los procedimientos previstos en la norma de cara a la contratación de una obra, servicio, suministro, concesión pública, etc., que varía según el valor estimado del contrato y otras características a tener en cuenta, analizando las actuaciones preparatorias, pasando por la licitación o la adjudicación, hasta llegar a la extinción del contrato. Del mismo modo quedaron expuestos los requisitos exigibles a los licitadores, básicamente capacidad de obrar, solvencia técnica, económico-financiera y no estar incurso en prohibición de contratar, y las distintas formas previstas en la ley para su acreditación, además de ejemplos acerca de la definición de criterios de adjudicación. Su intervención tuvo una duración aproximada de cuatro horas y media, dividida en dos bloques.

Tras la pausa para el almuerzo, los asistentes pudieron observar, de la mano de D. Carlos Cardosa, una demostración práctica de la operativa de la <<Plataforma de Contratos del Sector Público>>, herramienta de obligada utilización en licitaciones de contratos por los procedimientos previstos para suministros y servicios que superen la cuantía de 15.000 € o 40.000 € para obras (impuestos excluidos), sin perjuicio de su uso voluntario para los de inferior cuantía.

En el tercer día de los cuatro previstos, el experto en control y verificación de gastos cofinanciados con Fondos Comunitarios del área de auditoría de la empresa Red2red Consultores, D. Lluis Noguera, desarrolló los elementos clave a tener en cuenta en la contratación pública desde la óptica del controlador. Se abordaron los aspectos críticos y errores más comunes que en materia de contratación pública afectan al gasto subvencionable, sintetizando los criterios aplicados y los baremos empleados para las correcciones financieras por parte de las autoridades del FEADER. Este ponente incidió en lo fundamental de realizar una adecuada planificación interna de la contratación, para cumplir con los plazos exigidos o con la publicidad, y en la necesidad del uso de criterios de adjudicación adecuados para una correcta ejecución de los contratos y evitar las aludidas correcciones. También esbozó los rasgos esenciales de unas buenas prácticas en contratación.

Por la tarde se tuvo ocasión de analizar por grupos diversas licitaciones públicas reales, valorando e identificando aspectos básicos de los pliegos.

La última sesión a cargo de D. José de Álvaro Benito, Responsable Administrativo Financiero del GAL CEDER “Valle del Tiétar”, comarca del sur de la provincia de Ávila, que pasó a describir y analizar el contrato menor, definido esencialmente en el artículo 118 de la Ley de Contratos, indicando las similitudes y diferencias respecto a los contratos previstos para los PANAP.

La sesión formativa se cerró con una reflexión final conjunta y entre las conclusiones, se encuentra la necesidad de orientar y guiar a los Grupos de Acción Local en esta materia, que ley está viva y sujeta a múltiples interpretaciones, por lo que es preciso trabajar de forma continua en su comprensión. Es fundamental establecer mecanismos dentro de los procedimientos de contratación que contribuyan a fijar la población a los territorios, el dinamismo económico de sus empresas, objetivos fundamentales de los G.A.L., siempre con respecto a los principios fundamentales que emanan de la norma y el sometimiento pleno a la ley. En definitiva que se adapten a la realidad del mundo rural, haciendo un llamamiento para que se tome nota y se traslade ante y donde proceda, dentro de las posibilidades de la Red Rural Nacional.

Finalmente, tras haber compartido las distintas experiencias y necesidades de contratación, casi idénticas en la mayoría de grupos, las personas asistentes expresaron su interés en poder seguir intercambiando dudas en torno a la gestión de los contratos. Por ello se acordó crear un grupo de trabajo o foro de comunicación canalizado a través de la propia Red Rural, que permita compartir documentos, las distintas maneras de proceder de cara a agilizar los procedimientos, resolver dudas y, en definitiva, obtener una colaboración continua y mutua.